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VIOLENCIA DE GÉNERO

La violencia de género se define como cualquier actitud o agresión violenta ejercida sobre las mujeres por el solo hecho de ser mujer, al considerar sus agresores que carecen de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión y cuya consecuencia es un daño físico, psicológico o sexual.

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género la define como “la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”.

¿Quién ejerce la Violencia de Género?

La violencia de género se fundamenta en la idea de superioridad del hombre sobre la mujer, por lo que no solo puede producirse dentro del hogar, sino también fuera de él.

La violencia machista puede darse en el ámbito de las relaciones de trabajo, en las relaciones sociales y familiares y en cualquier ámbito de la vida pública, sin necesidad de que sea el cónyuge quien la lleve a cabo, siempre que haya en ese momento o haya habido una relación afectiva o sentimental similar a la conyugal entre el agresor y la víctima, independientemente de que haya habido convivencia o no.

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